miércoles, 1 de junio de 2016

Depósito Legal y Registro ISBN en historietas bolivianas



Tapa de Epopeya Binacional.

Estoy preparando una reseña del gran libro de Epopeya Binacional, historietas sobre la guerra del Chaco, pero hablar de esta publicación hace que necesariamente se toque un tema que prefiero aislar ya que no tiene nada que ver con la obra como tal, pero que ha opacado a la misma por los que no han sabido diferenciar las cosas o han considerado más valioso hablar del lado polémico atenidos a quién sabe qué criterio.

Para hacer corta la parte ociosa de este artículo, resumiré la situación:
La presentación de Epopeya en La Paz estaba fijada para el día 29 de abril, dicha presentación tuvo un percance catastrófico, los ejemplares enviados desde Paraguay por su editor, Javier Viveros, fueron retenidos en oficinas de aduana debido al impuesto impago que correspondía según sus normas. El tema es que en Bolivia está vigente la ley del libro, misma que exonera del pago de impuestos tanto a las publicaciones impresas de toda índole como a su importación, pero que en su instrumentalización no especifica una partida para las historietas por lo que se aplica la partida impositiva de acuerdo a normas aduaneras que grava a las historietas junto a los horóscopos y fotonovelas entre otros.

El importador de los libros ante esta situación optó por hacer un reclamo justo, aunque vehemente y poco efectivo, por medio de redes sociales y medios de prensa, lo que agudizó el problema y desembocó en la realización de la presentación de Epopeya Binacional sin los ejemplares.

Ahora bien, una de las razones que argumentó la aduana nacional de Bolivia por la que no podía dejar pasar los ejemplares de Epopeya Binacional fue que, según ellos, las historietas no pueden ser consideradas libros. Dicho argumento, que excluye a la historieta del beneficio de la exoneración impositiva, es incorrecto, injusto e incluso tonto, pero fue esgrimido por los funcionarios de aduana con la norma en mano y presumo que también fue caprichosamente aplicado por los funcionarios que en su desconocimiento se refugiaron en sus propias instructivas y no consideraron analizar a fondo la situación.

La historieta ha logrado a lo largo de este tiempo abrirse espacio en el mundo cultural de alto  rango con aportes tan grandes y variados como cualquier otro medio o arte, con obras que han merecido reconocimientos tan importantes como el premio Pulitzer (Maus), el Hugo (Watchmen, Saga, etcétera), el Bram Stoker (The league of extraordinary gentlemen, Sandman, etcétera) y el First book award otorgado por The Guardian (Jimmy Corrigan, smartest…), junto a varios otros premios y reconocimientos que hacen que a esta altura sea absurdo discutir sobre su aporte a la cultura o su  valor dentro de otras expresiones artísticas o educativas o de entretenimiento. 

Ante este triste episodio no puedo más que hacer un mea culpa y también reconocer mi porción de la responsabilidad como parte del movimiento de historieta nacional, habiendo sido presidente del festival de historieta más importante del país por 3 años y ser testigo de ya casi 14 ediciones del mismo, con innumerables publicaciones de distintos autores, no puedo evitar sentir una bruma de fracaso en posicionar a la historieta en el sitial que merece y que sí se ha alcanzado en muchas otras latitudes, algunas lejanas como Europa y otras tan cercanas como Uruguay, Argentina o Brasil. Que un funcionario de gobierno desconozca el status de la historieta es lamentable, pero también debemos reconocer que una de las misiones de cualquier agrupación que trabaje con la historieta es precisamente la divulgación eficaz de ésta para con su sociedad.

Se ha avanzado, es innegable, pero este tipo de acontecimientos debe plantear a los actores de nuestra comunidad con más posibilidades el reto de socializar la historieta de manera oportuna y adecuada.

Una de las formas en las que una historieta publicada en formato más voluminoso que una revista (la cual definitivamente sí debe pagar impuestos) es la de darle todas las características que los libros publicados en la actualidad llevan, es decir, número de depósito legal y código ISBN (no ISSN, que es el código para revistas periódicas). Dotando de estas características a nuestras publicaciones, las discusiones al respecto se anulan de inmediato ante la prueba física de la “ciudadanía legal” de nuestra historieta en el mundo de los libros.

A continuación detallaré los pasos a seguir para obtener estos dos tipos de identificación, definiremos qué son y cuáles serían los beneficios de obtenerlos. Realmente vale la pena hacerlo para evitar situaciones desagradables como las que pasó Epopeya Binacional.

Para empezar, para obtener estas dos características, antes que nada deben tener ACABADA su obra, ya que entre los requisitos de ambas les pedirán por ejemplo: los nombres de todos los autores, título de la obra, número de páginas, tamaño e incluso el nombre de la imprenta donde planean hacer el trabajo así como los datos del propietario de la misma. Es por esa razón que deben tener el trabajo terminado listo para imprenta, obtener el número de depósito legal y el ISBN son los dos pasos finales antes de entrar a la impresión final del libro de historietas. Como punto aparte les comento que la primera vez que fui a obtener un código ISBN para una de mis obras (El Kusillo-2009) fue complicado convencer a la funcionaria de la Cámara del Libro de que me asignaran un ISBN y no un ISSN, que se asigna a revistas, pero bastó una simple explicación civilizada para que acceda, lo que quizá faltó en el caso de Epopeya, a veces nos sentimos con derechos más importantes que los del resto, pero el diálogo es lo que nos ayuda a obtener lo que necesitamos. A partir de ahí, las otras obras que publiqué: La venganza Boliviana y Supay no tuvieron ningún inconveniente.

Depósito Legal.

Web del Repositorio nacional.
Entiéndase por Depósito Legal el mecanismo que, apoyado en una ley, obliga con carácter gratuito al registro y entrega de un determinado número de ejemplares de toda obra publicada con fines de difusión a los repositorios designados para tal efecto.
Su objetivo es la conservación de la producción intelectual del país, su registro en la bibliografía nacional y su difusión, así como el conocimiento de la producción editorial nacional.

La ley completa de depósito legal está en este enlace:

Se obtiene sencillamente siguiendo estos dos enlaces, en el primero hallarán las instrucciones de llenado y en el segundo el formulario en sí.


Con el formulario llenado y los demás requisitos, se van a las oficinas del depósito legal, ubicados en la plaza Murillo, una vez se publique la obra, se llevan los ejemplares requeridos por la ley y se finaliza el trámite.

Una vez tengan el número de Depósito legal ya sólo les falta el código ISBN.

ISBN.

Web del registro de ISBN.
El International Standard Book Number (en español, Número Estándar Internacional de Libros o Número Internacional Normalizado del Libro), abreviado ISBN, es un identificador único para libros, previsto para uso comercial. Su objetivo es identificar cada libro, como si fuera su cédula de identidad, al registrar el título, edición, editor, tiraje, extensión, materia, país, lengua original, materia, etc.; La ventaja inmediata, aparte de otorgarle a la historieta el título legal de LIBRO es el de sistematizar la producción editorial de cada país, al proveer los elementos que hacen posibles las estadísticas.

El trámite se inicia siguiendo este enlace:

Primero se debe registrar a los autores, obtener un nombre de usuario y una contraseña y posteriormente se llena el formulario de registro de la obra.
Los requisitos los incluyo acá también para ser más detallado.

Obtención del ISBN (extraído de la web)

Para el registro existen dos modalidades tanto para la editorial o el Editor – autor, los mismos que deberán gestionar de la siguiente manera.

PARA USUARIOS REGISTRADOS
La Editorial o Editor – Autor podrá ingresar con su Logín y Password para solicitar un número de ISBN llenando el formulario de solicitud. Tomando en cuenta los siguientes pasos del manual de usuarios registrados.
Ejemplo de registro de ISBN El Kusillo (Siles-Zalles 2009).

PARA USUARIOS NUEVOS
Siendo la primera vez de la Editorial o el Editor – Autor deberá gestionar el registro del I.S.B.N. ingresando al link que indica “REGISTRE AHORA”, donde por primera vez deberá llenar dos formularios, el primero con los datos de la Editorial o Editor – Autor (Solo una vez) y el segundo con los datos del libro. Siguiendo los pasos en el siguiente manual

Una vez concluido el registro en la página web usted deberá asignar adjuntar los siguientes requisitos, los mismos que pueden hacernos llegar a las oficinas de la Cámara Departamental del Libro de La Paz o vía correo electrónico.

El trámite tiene una duración de 24 horas, una vez que se encuentre toda la documentación en nuestras oficinas y se realice la respectiva revisión de los mismos.

Requisitos
Para realizar la solicitud deberá adjuntar los siguientes documentos:
Personas jurídicas (Editoriales)
• Fotocopia del C.I. del representante legal de la editorial.
• Fotocopia del C.I. del autor(es) de la obra a ser publicada.
• Fotocopia del Depósito Legal
• Fotocopia del Índice y (**) Borrador del libro
• Fotocopia del NIT
Personas Naturales (Editores–Autores)
• Fotocopia del C.I. del autor (es) de la obra a ser publicada.
• Fotocopia del Depósito Legal
• Fotocopia del Índice y (**) Borrador del libro
• Fotocopia del NIT (Si tuviera)
(**) El borrador del libro deberá ser presentado en formato impreso o digital solo para verificar el contenido del mismo y estar seguro de la asignación del I.S.B.N.
En ambos casos se debe entregar dos ejemplares a la CDLLP con el número de I.S.B.N, después de la edición del libro.

COSTO
El precio de asignación de un número de ISBN tiene un valor de Bs. 120.00 (Ciento Veinte 00/100 Bolivianos), el mismo que deberá depositar a la Cta. N° 125734-001-1 del Banco BISA y adjuntar a los requisitos.

Aunque pareciera algo engorroso debo decir que ambos trámites son sencillos y rápidos y aparte de todos los beneficios citados, como ser la posibilidad incluso de poder comercializar nuestras obras en otros países que sí exigen el ISBN para la circulación de libros en librerías y tiendas especializadas, brindan una alegría extra al proceso de elaborar una historieta que se experimenta al ver nacer de manera legal a nuestra obra. 

En el depósito legal les darán un número simplemente, el que deben poner en su publicación y en el ISBN les asignan un número y opcionalmente pueden colocar la imagen del código de barras que se baja del sitio web de la cámara del libro una vez el trámite se apruebe.

ISBN de la Venganza Boliviana.
Espero que esta guía les sea útil y consideren seriamente asignarle ambas identificaciones a sus obras.

Es con la ayuda de todos que haremos de la historieta nacional un movimiento más reconocido, aunque la mayor parte de la responsabilidad la tienen por su puesto los que ocupan puestos directivos en todo este meollo, nosotros como autores estamos en la obligación de estar informados, conocer y dar a conocer nuestros derechos.


Por cierto, en el ministerio de culturas existe algo llamado: Registro artístico del estado plurinacional de Bolivia, donde no figura ni por si acaso la figura de Historietista, así que aprovechando su lloriqueada, podrían incluir en su “epopeya” conseguir que los que nos dedicamos a hacer historietas (seamos guionistas, dibujantes, coloristas, editores, etcétera) podamos registrarnos como cualquier otro ciudadano común. Les dejo el enlace por si quieren curiosear.
Web del registro de artistas.

2 comentarios:

Samuel Hilari V dijo...

Excelente aporte¡¡¡¡¡ sigue adelante saludos cordiales

- ED U K2 dijo...

Buenicimo el aporte... Sera que este año sun se aplican todas esas facilidades en l tramite o sera que se volvio engorroso???